BASES DEL CAMPEONATO DE LA ASOCIACIÓN PROVINCIAL YAUYOS - APY - 2014
I. BASES LEGALES
II. OBJETIVOS
III. ORGANIZACIÓN Y DENOMINACIÓN
IV. INSTITUCIONES PARTICIPANTES
V. DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS DEPORTISTAS
VI. DESARROLLO DEL CAMPEONATO
VII. DE LOS PUNTOS
VIII. DE LA LIGUILLA
IX. DE LOS DEPORTISTAS
X. DE LOS ÁRBITROS
XI. DE LOS RECLAMOS
XII. DE LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA
XIII. DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
XIV. DE LA ASISTENCIA SOCIAL
XV. DE LA TRANSFERENCIA DE DEPORTISTAS
XVI. ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS
I.
BASES LEGALES
Art. 1 El presente Campeonato estará regido bajo las
siguientes Normas:
- Reglamentos oficiales de la Federación Peruana de Fútbol y Vóley
- Estatuto de la Asociación Provincial Yauyos y Reglamento Interno
- Reglas oficiales de Arbitraje – FIFA – FIVB
- Bases del campeonato APY – 2014
- Acuerdo en Asamblea de Delegados.
- Plan Anual de trabajo del Consejo Directivo del APY.
- Reglamento de Administración de Justicia
Deportiva del APY.
II.
OBJETIVOS
Art. 2 Difundir la práctica del deporte, propiciando el acercamiento, la
hermandad, la solidaridad y el bienestar de todas las instituciones afiliadas a
la Asociación Provincial Yauyos, creando una base sólida para el progreso y
buscando nuevos valores (fútbol y vóley) considerando que el deporte es un
poderoso instrumento de valoración humana.
III.
ORGANIZACIÓN Y DENOMINACIÓN
Art.
3 El presente evento deportivo es organizado por el
Consejo Directivo de la Asociación Provincial Yauyos, a través de la Secretaría
de Deportes.
Art.
4 El campeonato se denominará “CAMPEONATO DE CONFRATERNIDAD E
INTEGRACIÓN YAUYINA Y LA VITALIZACIÓN DEL JAQARU, , 2014”.
Art.
5 El campeonato se desarrollará en las
instalaciones del Complejo Deportivo de la Asociación Provincial Yauyos,
ubicado en Cajamarquilla.
Art.
6 El Campeonato tendrá carácter anual.
IV.
INSTITUCIONES PARTICIPANTES
Art. 7 Todas
las Instituciones afiliadas inscritas a la Asociación Provincial Yauyos, las
mismas que están divididas en Primera Categoría, Segunda categoría y Máster, en cada disciplina de conformidad con el
resultado final del campeonato 2013.
Art. 8 Las
Instituciones estarán representadas por cualquiera de sus 3 delegados de su
institución debidamente registrados y acreditados con su respectivo carné, más
el agregado de un asistente de delegado deportivo, que tendrá las mismas
funciones de un delegado, pero sólo dentro del campo deportivo. El delegado
acreditado deberá avalar con su firma en la planilla de juego, antes del inicio
del partido.
Art. 9 Todas
las instituciones afiliadas a la Asociación Provincial Yauyos deberán
participar obligatoriamente, con dos disciplinas deportivas en las categorías libres,
en máster por institución o pueblos o anexo.
Art. 10 Los
requisitos para la participación de las instituciones son:
a) Estar al día con las cotizaciones
mensuales hasta el mes de marzo.
b) Las deudas administrativas deberán ser canceladas hasta
31 de diciembre de 2013 y las otras hasta antes de iniciar la 2da. rueda en
forma total o refinanciadas. De no estar al día en los pagos se procederá a la
retención de sus carnés.
c) La Inscripción es S/. 500.00 por institución.
Art. 11 Todas
las instituciones afiliadas a la Asociación Provincial Yauyos están obligadas a
participar en el desfile de inauguración del presente campeonato (fútbol y
voleibol) con un mínimo de 7 deportistas en fútbol y 5 en voleibol debidamente
uniformados. Los que no asistan conforme a lo señalado en este artículo, se
harán acreedores a una multa de S/. 500.00 nuevos soles, y su cancelación será
antes del inicio del campeonato.
V. DE
LA INSCRIPCIÓN DE DEPORTISTAS
Art. 12 Para
los deportistas nuevos, la inscripción es personal y con la presencia de su delegado
debiéndose presentar los documentos al Secretario de Deportes para su revisión.
Art. 13 Todos
los deportistas registrados en la base de datos de la Asociación Provincial
Yauyos están automáticamente inscritos.
Art. 14 Los deportistas participantes serán:
a. Los yauyinos o descendientes de yauyinos, hasta la 4ta.
Generación, los cuales defenderán a las instituciones de su preferencia en todas las categorías.
b. Los cónyuges y convivientes de los yauyinos o
de sus descendientes, defenderán a la institución del pueblo de su cónyuge o
conviviente.
c. Para el caso de conviviente, deberá acreditar
por lo menos tener un hijo.
Art. 15 Para
efectos de inscripción de los deportistas, deben presentar el original
actualizado y copia de los siguientes documentos:
a) Para los yauyinos.
- DNI, (original y copia)
- DNI y una autorización por escrito de uno de
sus padres si es menor de edad (original y copia).
b) Para los descendientes de los Yauyinos.
-
DNI (original y copia).
-
DNI, partida de nacimiento y
autorización escrita de uno de sus padres para los menores de edad (original y copia).
-
Los documentos: partida de nacimiento,
partida de matrimonio, y/o partida de defunción (original y copia).
-
Para los casos de nacidos en el
extranjero, deberán presentar pasaporte (original y copia) además de la copia
de los documentos que acrediten su nacimiento.
-
Adicionalmente podrán presentar otros
documentos expedidos por la RENIEC.
c) Para los cónyuges:
- DNI (original y copia).
- Documento vinculante del cónyuge (DNI,
partida de matrimonio o de nacimiento) original y copia.
- En caso de ser conviviente deberá presentar,
además, partida de nacimiento de un hijo y declaración jurada de convivencia,
firmada por ambos o resolución judicial o notarial de convivencia, con
documentos actualizados (original y copia).
- Es considerado conviviente quien se encuentra
sin impedimento legal para contraer matrimonio.
- No podrá participar como deportista el
cónyuge que ha contraído matrimonio en el extranjero, si no ha registrado su
matrimonio en el País conforme a las leyes peruanas.
- Para todos los casos el DNI (Documento
Nacional de Identidad) a presentar es el expedido por el Registro Nacional de
Identidad y Estado Civil (RENIEC).
Art. 16 La
edad mínima para participar en fútbol será de 14 años y en vóley de 10 años;
para ello presentarán la autorización de los padres o apoderados; en máster los
nacidos hasta el año 1974.
Art. 17 Un
deportista está debidamente inscrito y apto para jugar cuando además de cumplir
lo estipulado en los artículos pertinentes, presenta una ficha y carné emitido
por el APY.
Art. 18 La
inscripción de los deportistas, podrá efectuarse hasta el último sábado 12:00
noche antes de iniciar la 2da. rueda.
Art. 19 Los
deportistas podrán participar con el carné (computarizado) que participaron el
2013.
VI.
DESARROLLO DEL CAMPEONATO
Art. 20 La
Secretaría de Deportes entregará al Presidente de Mesa, las planillas, manual
de funciones, enseres, materiales deportivos, entre otros, en cada fecha.
Art. 21 En
los partidos de Fútbol y Vóley la Mesa de Control estará formada por los
delegados de las Instituciones que estén participando en dicho encuentro y una
persona contratada capacitada que desempeñará la función de Presidente de Mesa.
Art. 22 Son
funciones de:
1. Presidente de Mesa:
a) Verificar la identidad de los delegados mediante el carné.
b) Recibir al inicio del encuentro la nómina de los deportistas,
carnés enmicados, reteniéndolos hasta el final del partido.
c) Controlar y verificar la identidad de los deportistas.
d) Confeccionar debidamente y en orden las planillas de juego y firmar.
e) Hacer cumplir estrictamente las bases del presente campeonato
f) Dejar constancia por escrito en las planillas de juego sobre todo
lo sucedido a la hora de los partidos.
g) Recibir informes, quejas, observaciones de los delegados y
árbitros.
h) Retener los carnés de deportistas observados y con tarjeta roja; entregando
a la Secretaría de Deportes con cargo.
2. Los delegados o asistente de delegado:
a) Entregar la nómina de su
equipo 5 minutos antes de inicio del partido.
b) Verificar la presentación de los balones en buen estado.
c) Informar y firmar la planilla de juego.
d) Verificar el cumplimiento de las Bases del Campeonato.
e) Ayudar a controlar el normal desarrollo del partido.
Art. 23 Los
delegados y/o asistente de delegado deben identificarse ante el Presidente de
Mesa con su carné correspondiente que será el único documento que lo acredita
como tal.
Art. 24 La
programación de los partidos de las dos primeras fechas se realizarán por
sorteo, a partir de la tercera fecha, se tomará en cuenta la sumatoria de los
puntos de ambos equipos, teniendo en cuenta que no se crucen sus partidos en
ambas categorías de cada disciplina.
Art. 25 La
programación de los partidos de cada fecha, se publicará normalmente los domingos
anteriores de cada semana, teniendo en cuenta el orden de los partidos, día,
hora y campo.
Art. 26 La
Secretaría de Deportes elaborará el FIXTURE general de los partidos de fútbol y
vóley y se publicará, antes de inicio del campeonato. Las Instituciones tendrán
plazo hasta el jueves 18 de abril 2013, para presentar solicitud de licencia
para no participar en el presente campeonato.
Art. 27 Se
aplicarán las reglas vigentes de la FIFA y FIVB con las modificaciones
siguientes:
a) La tolerancia para iniciar cada partido será
de 10 minutos a excepción del primer partido en cada fecha que serán de 15
minutos.
b) Para dar inicio a un partido de fútbol, los
equipos deben presentar a siete (7) deportistas y en vóley a cinco (5), como
mínimo; en caso contrario se declarará perdedor por W.O.
c) Durante los partidos de fútbol, se podrán
realizar hasta cinco cambios.
d) Los partidos de fútbol tendrán una duración de
25 x 30 con 5 minutos de descanso, teniendo en cuenta la hora programada.
e) En la final se jugarán tiempo reglamentario de
45 x 45 con 15 minutos de descanso, sólo en categoría libre de fútbol.
f) Los partidos de vóley se jugarán en dos sets
ganados aplicando el sistema rally point 25 – 25; en caso de empate, se jugará
un 3er set juego de 1 – 15 puntos.
g) En la final de vóley libre se jugarán a tres
(3) sets ganados y la de máster a (2) sets.
h) Los equipos que en categoría libre hagan 3 W.O.
consecutivos o 5 W.O., alternados y en categoría máster 5 W.O. consecutivos y 8
W.O. alternados; dejarán de participar en el presente Campeonato y deberán
cancelar todas las fechas del W.O. hasta finalizar la segunda rueda del
campeonato, aun no habiendo sido programado.
i) En caso de iniciar con siete (7) deportistas
en fútbol y cinco (5) deportistas en vóley, debidamente identificadas, y si
pierde un deportista o más se declarará W.O. no pagará multa por W.O.
Art. 28 El
sistema de juego del campeonato será de dos ruedas divididos en grupos o
series, en cada categoría y disciplina, todos contra todos, más la liguilla.
VII. DE LOS PUNTOS
Art. 29 El
puntaje de fútbol será acumulativo desde la primera hasta la última fecha de la
segunda rueda, de la siguiente manera:
a) Para el equipo ganador 3 puntos.
b)
Para el caso de empate 1 punto.
c)
Para el equipo perdedor 0 puntos.
Art. 30 El
puntaje de vóley será acumulativo desde la primera hasta la última fecha de la
segunda rueda, de la siguiente manera:
a) Para el equipo ganador por 2 a 0, 3 puntos, al
perdedor 0 puntos.
b) Para
el equipo ganador por 2 a 1, 2 puntos; al perdedor 1 punto.
c) Para
el equipo perdedor por W.O. 0 puntos; al ganador 0 puntos..
Art. 31 En
la disciplina de fútbol, cuando un club gana su partido por W.O. se le
considerará tres goles a favor y cero en contra. El equipo perdedor por W.O. se
le adjudicará cero (0) goles a favor y tres (3) en contra.
Art. 32 En
vóley, cuando un equipo gana su partido por W.O. se le considerará dos sets a
favor. Cada set de 25 puntos a favor y ningún punto en contra. Al equipo
perdedor por W.O. se le adjudica cero puntos a favor y dos sets en contra de 25
puntos cada una.
Art. 33 Para
determinar la ubicación de los equipos en la tabla de posiciones (fútbol) se
tendrá en cuenta, el siguiente orden:
a) Mayor
puntaje a favor
b) Mayor
diferencia de goles a favor.
c) Mayor número
de goles a favor
d) Menor número
de goles en contra
Art. 34 Para
determinar la ubicación de los equipos en la tabla de posiciones (vóley) se
tendrá en cuenta, el siguiente orden:
a) Mayor puntaje a favor
b) Mayor diferencia de set a favor.
c) Mayor diferencia de puntos a favor.
VIII.
DE LA LIGUILLA
Art. 35 Al
término de la 2da. rueda se clasificaran:
a) El campeón de cada grupo se clasificará directamente a la semifinal
en ambas disciplinas y categorías.
b) Los siguientes 4 mejores de cada grupo pasaran disputar la liguilla
en busca de clasificar 2 equipos más para la semifinal. Los equipos
clasificados para la liguilla formaran en 2 grupos (Ay B) según la tabla de que
se adjunta.
c) Para el caso de 2da. categoría de ambas disciplina los clasificados
a la semifinal ascenderán directamente a 1ra. categoría.
d) La semifinal se enfrentaran el ganador de la clasificatoria del
grupo 1 con el ganador de la liguilla del grupo 2 y el ganador de la liguilla
del grupo 1 con el ganador de la clasificatoria del grupo 2.
e) La final se enfrentaran para el 3er. Puesto
los dos perdedores y para campeón los dos ganadores.
Art. 36 Para la liguilla de descenso, de 1ra. categoría en ambas
disciplinas, descenderán los que ocupen el último lugar de cada grupo de la
clasificatoria y del 6to. al 9no. lugar formarán nuevos grupos que jugarán en
forma cruzada, como el caso de las clasificatoria, y los equipos que ocupen el
último lugar de cada grupo también descenderán de categoría.
VIII.
DE LOS DEPORTISTAS
Art. 37 El Capitán(a) del equipo deberá presentarse con un
distintivo reglamentario que lo identifique como tal.
Art. 38 Ningún deportista excepto el capitán(a) podrá dirigirse a
reclamar al árbitro durante el juego.
Art. 39 Los deportistas deberán presentarse correctamente
uniformados, los números que los identifiquen debe ser grandes que contrasten
con el color de la camiseta, de tal manera que se haga fácil su identificación,
caso contrario no jugará hasta que esté correctamente uniformado (incluyendo
canilleras para el caso de fútbol), y si persiste será sancionado. Los cambios
de deportistas determinan el cambio de número de camiseta.
Art. 40 Es indispensable presentar el carné del deportista expedido
por la Asociación Provincial Yauyos. Los clubes quedan obligados a identificar
a sus deportistas con el original de sus documentos de identidad (DNI) en caso
de ser observados, debiendo llenar la hoja de datos.
Art. 41 En caso de no presentar la totalidad de carnés en fútbol, se
dará una tolerancia hasta antes de iniciar el segundo tiempo, caso contrario
perderá por W.O. Si llegara los carnés, el árbitro detendrá el partido para la
identificación de los deportistas sin abandono de campo y reiniciará el
partido. Si hubiera abandono de campo sin haberse verificado el equipo perderá
por W.O. En vóley, tendrá tolerancia para presentar los carnés hasta faltando
un punto para terminar el partido, caso contrario perderá por W.O. si llegara
el carné se procederá igual que en fútbol.
Art. 42 Los deportistas firmarán la planilla al finalizar el 1er.
Tiempo y los cambios que tienen que ingresar, firmarán antes de hacer su
ingreso al partido.
Art. 43 Los deportistas que evidencien estado de salud grávido (gestantes,
lesionados parcialmente, con lentes, etc.), son responsables por su
participación en el presente campeonato, exonerando al APY de cualquier
responsabilidad como consecuencia de participación deportiva en los encuentros.
IX. DE LOS ÁRBITROS
Art. 44 Los árbitros no iniciarán un partido o reanudarlo si
consideran que la presencia de personas en las cercanías del campo de juego no
le permita realizar con normalidad su labor.
Art. 45 Los partidos serán dirigidos por árbitros designados y sus
fallos son inapelables dentro del campo de juego.
Art. 46 En caso que el árbitro suspenda el desarrollo de un partido
de fútbol o vóley, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, el tiempo
pendiente se jugará de acuerdo al dictamen del Órgano de Justicia, tal como
estaba el marcador al momento de la suspensión y la programación lo realizará
la Secretaria de Deportes, manteniéndose el resultado y los deportistas de los
equipos que actuaban en el momento de la suspensión, sin los expulsados si los
hubiere.
Art. 47 Los árbitros informarán por escrito al Presidente de Mesa de
turno su informe sobre los incidentes del partido, las causas que motivaron su
postergación a la suspensión de su desarrollo, inmediatamente después de
finalizar el mismo en la Planilla bajo responsabilidad.
Art. 48 Los árbitros no permitirán la participación de deportistas
en estado etílico.
XI. DE LOS RECLAMOS
Art. 49 Toda observación será realizada verbalmente ante el
Presidente de Mesa, antes de finalizar el partido, por el delegado acreditado,
finalizado el encuentro no hay lugar a observación y el delegado que no
participa en el control de partido, perderá los derechos de hacer observación
y/o reclamo.
Art. 50 Los delegados, que hicieron su observación, tendrán 30
minutos de tolerancia después de terminado su partido, para formalizar su
observación por escrito en las planillas de juego y dar inicio a su reclamo.
Art. 51 Hecha la observación en planilla se ratificará mediante un
oficio dirigido al Presidente de la Asociación Provincial Yauyos hasta antes de
las 8:00 p.m. del día martes inmediato posterior al partido jugado, adjuntando
el recibo de pago por concepto de reclamo (S/. 30.00).
Art. 52 Los reclamos por suplantación de deportistas se denunciarán
en la Mesa de Control durante el desarrollo del partido. El Presidente de Mesa
comunicará inmediatamente al árbitro para que ordene al deportista observado,
que al finalizar el primer tiempo o el encuentro se acerque a la Mesa de
Control, debiendo presentar su documento original DNI y/o deberá llenar la Hoja
de Datos y huella digital, ante el Presidente de Mesa. En caso de que el deportista
no se presente a la Mesa de Control, se hará constar en la planilla de juego
como suplantación perdiendo los puntos en disputa, además de la multa y
sanciones respectivas.
Art. 53 Todo reclamo formalizado será investigado por los Órganos de
Justicia de la Asociación emitiendo su dictamen.
Art. 54 Todos los reclamos probados son retroactivos en:
a) Adulteración y/o
falsificación de documentos.
b) Mala inscripción.
(Incumplimiento del Art. 15,16, 17 y 18)
c) Tener en el
Registro Civil más de una partida de nacimiento, partida de matrimonio y/o
partida de defunción.
XII. DE LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA PARA CASOS
DEPORTIVOS
Art. 55 El Órgano de Justicia de 1ra. Instancia, es el ente
encargado de conocer y resolver todos los reclamos deportivos de los clubes
participantes, así como la denuncia de hechos que involucren a directivos, delegados,
deportistas y simpatizantes.
Art. 56 Para las resoluciones en caso de reclamo o apelación se dará
un plazo máximo de 15 días calendarios contados a partir de la fecha de
recepción de documentos.
Art. 57 En caso que el Órgano de Justicia en su 1ra. Instancia no
resuelva en el plazo correspondiente, pasará directo al Órgano de Justicia en
su 2da. Instancia sin pago alguno, quien en un plazo máximo de 15 días emitirá
su dictamen.
Art. 58 En la liguilla, los Órganos de Justicia deberán estar presentes
en todos los partidos. En caso de dictaminar algún reclamo lo hará el martes
siguiente hasta las 8.00 p.m. La apelación deberá ser hasta las 8.00 p.m. del
día miércoles siguiente de emitido el dictamen. De haber apelación el Órgano de
2da. Instancia dictaminará hasta antes de 48 horas.
Art. 59 Para la semifinal y final de haber reclamo en la planilla el
Órgano de 1era. Instancia tendrá 30 minutos para dictaminar.
El dictamen podrá ser apelado en forma verbal
inmediatamente, teniendo el Órgano de 2da. Instancia 30 minutos como máximo
para resolver.
Art. 60 En las demás fechas, de haber apelación al fallo de 1ra.
Instancia será procedente hasta el martes siguiente a las 8.00 p.m. después de
leído el dictamen, para tal efecto se enviará un oficio y copia del recibo de
pago equivalente a S/.30.00, dirigido al Presidente de la Asociación Provincial
de Yauyos, quien a su vez derivará a la 2da. Instancia.
Art. 61 Para que las resoluciones de ambos entes tengan efecto legal
podrán estar firmada por simple mayoría, ser leído en Asamblea de Delegados y/o
publicados en las oficinas de la Asociación Provincial de Yauyos. Una copia
será entregada a los involucrados.
Los plazos que se indican en los artículos 56 y 57 se
aplican para modificar el resultado de un partido, reprogramación, suma o resta
de puntos, cuestionar la tarjeta roja y suspensión del deportista.
En caso de que se imponga las sanciones que establece el Art.
67º del estatuto, el plazo para apelar será de 10 días calendario, solamente
para los extremos referidos a las sanciones señaladas en dicho artículo.
XIII. DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
Art. 62 Son causales
de sanciones a los deportistas:
a) Por agresión
física al árbitro, miembros de mesa y directivos de la Asociación Provincial
Yauyos, serán sancionados con inhabilitación por todo el campeonato (previo
informe en planilla de juego) del árbitro y Comisión de Control y el Presidente
de Mesa.
b) Los que
originen agresión física no advertida por el árbitro serán evaluados y
sancionados, previo informe de la Comisión de Control y el Presidente de Mesa
quienes actuarán como veedores.
Art. 63 También están
sujetos a sanciones:
a) Directivos, delegados
o deportistas de las Instituciones que participen en suplantación, y los
mencionados en los incisos a), b) y c) del artículo 54º, se les aplicará las
sanciones del Art. 62º en su inciso b), y la separación definitiva.
b) Delegados,
deportistas e hinchas de las instituciones que agredan al árbitro, miembros de
mesa o directivos de la Asociación Provincial de Yauyos; sus instituciones
serán multadas con el Art. 64º, incisos c), d) y e).
Art. 64 La
escala de sanciones económicas, pagadas por las instituciones, serán los siguientes:
a)
|
Por W.O. (fútbol y vóley, libre y
máster)
|
S/ 50.00 y se asignará a los que en
la fecha administrarán el campo.
|
b)
|
Por suplantación de deportista y los
comprendidos en el Art. 53º incisos a) y c).
|
S/ 5,000.00 más expulsión de
delegado. La 1/3 parte será para la institución denunciante.
|
c)
|
Por indisciplina de Directivos y
Delegados de las Instituciones (grescas, agresión, etc.)
|
S/. 200.00 hasta S/.500
|
d)
|
Por indisciplina de deportistas
(grescas, agresión, etc.)
|
S/. 200.00 hasta S/ 600.00
|
e)
|
Por indisciplina de hinchas de las
Instituciones, debidamente identificados (grescas, agresión, etc.)
|
S/. 200.00 hasta S/.500
|
f)
|
Por no desfilar en la inauguración
del Campeonato.
|
S/ 500.00
|
g)
|
Por no presentar balón o presentar en
mal estado.
|
S/ 10.00
|
h)
|
Por no participar injustificadamente
en el presente Campeonato futbol y vóley libre.
|
S/ 2,000.00
|
i)
|
Por no participar en la categoría
Master, por cada disciplina
|
S/ 400.00
|
j)
|
En la liguilla semifinal y final
perdida por cada W.O. será de
|
S/ 500.00
|
k)
|
Por mala inscripción
|
S/. 300.00 hasta S/.500 de acuerdo al
estatuto.
|
l)
|
Presidente de mesa.
|
No se le paga si no hace el Informe
respectivo.
|
Art. 65 Las multas se pagarán a la semana siguiente a su partido, no
se hará devolución de los carnés si no pagan sus multas. Específicamente a los
incisos a) y g) del Art. 64º. Las otras multas serán fraccionadas.
XIV. DE LA ASISTENCIA SOCIAL
Art. 66 Las lesiones con acto intencional o agresión en el campo
corre por cuenta de la institución al cual pertenece el deportista agresor de
acuerdo al dictamen de los Órganos de Justicia, previo informe del árbitro,
Presidente de Mesa. Si algunos deportistas resultaran lesionados como
consecuencia de agresión mutua estos deportistas serán responsables de su
curación.
Art. 67 Durante el campeonato, el botiquín médico estará
permanentemente en cada campo de juego, su implementación será cubierta por las
Instituciones con la suma de S/ 30 nuevos soles, pago único en la Secretaría de
Economía.
XI. DE LA TRANSFERENCIA DE LOS DEPORTISTAS
Art. 68 En el presente campeonato, las trasferencias de deportistas,
en todas las categorías, serán ilimitada.
Art. 69 Todo deportista afiliado correctamente de cualquier
institución puede ser transferido a otra cumpliendo los siguientes requisitos:
a)
Los delegados solicitarán en la
Secretaría de Economía una ficha de
transferencia y carné que serán llenados según los requisitos.
b) El club receptor
pagará por derecho de transferencia y carné que serán llenados según los
requisitos.
c) El Presidente de
club de origen firmará la ficha de transferencia del deportista transferido; en
caso de negarse, la institución receptora del deportista pagará al APY el monto
de cien soles (S/.100,00) de los cuales 75 soles le corresponderá al club de
origen.
d) Los deportistas de
Instituciones afiliadas que no participan en el presente campeonato pueden
jugar por cualquier otra Institución siempre y cuando se realice el pago
correspondiente por concepto de transferencia al APY quien le entregará al club
de origen previo descuento de alguna deuda si tuviera.
XVIII. ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS
Art. 70 Las comisiones deportivas cesan sus funciones con la
culminación del presente campeonato.
Lima, 28 de Febrero del 2014
CONSEJO
DIRECTIVO
Muy buen aporte, gracias por la información sigan adelante que muchas personas visitan esta pagina.
ResponderEliminarAtte:
Cristhiam Rojas